RTO
La Revisión Técnica Vehicular (R.T.O.) es el control periódico del estado
mecánico y de la emisión de gases contaminantes de los vehículos. En todo
el mundo, millones de vehículos la realizan obligatoriamente como
requisito para circular. Entre nosotros, está prevista en la legislación
vial nacional y provincial.
Desde 1993 es obligatorio realizar la R.T.O. de los vehículos de
Transportes de Carga y de Pasajeros.
La R.T.O. debe realizarse únicamente en los Centros de Revisión Técnica
CENT habilitados en todo el país para tal fin, según el articulo 34,
inciso 8 del decreto Nro. 779/95, reglamentario de la
Ley Nacional de transito Nro. 24.449.
Deben concurrir a los Centros de Revisión Técnica CENT:
Los transportes de
pasajeros cada 6 meses.
Los transportes de carga
cada 12 meses.
El Certificado y la oblea otorgado por los Centros de Revisión Técnica
CENT autorizan a circular por toda la Jurisdicción Nacional.
De acuerdo a la antigüedad del vehiculo existen distintos períodos de
validez de la revisión técnica, después de cumplidos los diez (10) años
para los vehículos de pasajeros o de veinte (20) años para los vehículos
de carga, desde la fecha de su patentamiento.
Objetivo de la RTO:
La Verificación Técnica Obligatoria tiene la misión fundamental de
contribuir a que el vehículo mantenga condiciones mecánicas de seguridad a
lo largo de su vida útil.
Que se controla durante la R.T.O.
La revisión técnica de los vehículos comprende entre otros puntos, los
siguientes:
1.- Sistema de dirección
2.- Verificación de las partes involucradas en su rodamiento: tren
delantero, tren trasero, rótulas, suspensión.
3.- Sistema de frenos, determinación dinámica de su eficiencia.
4.- Control del estado de chasis y general de carrocería.
5.- Control de la emisión de contaminantes, gaseosos y ruidos.
6.- Control de neumáticos y llantas.
7.- Sistema eléctrico, de iluminación y señalización, instrumentos y
accesorios.
8.- Elementos que hacen a la seguridad: matafuegos, balizas, tacógrafos en
los vehículos de transporte de cargas peligrosas y de pasajeros
A estos controles se agrega, en el caso de los
vehículos de transporte de pasajeros:
9.- Control de las instalaciones de confort
10.- Verificación del sistema de aire acondicionado.
11.- Estado de ventanillas, parabrisas, y salidas de emergencia.
Que documentación se debe presentar para la primer RTO:
Tributo de propiedad del
automotor o cedula verde
Comprobante de CUIT
Licencia de conducir
Exigencias Adicionales
Transporte de pasajeros
Tacógrafo
Cedula de la C.N.R.T.
(Nacional)
Certificado de
fabricacion de chasis.
Certificado de
fabricación de carrocería
Plano
Transporte de Sustancias Peligrosas
Tacógrafo
Ver LEY 24449 |